Buenos Aires, 08/11/2024, edición Nº 3732
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La Justicia prohibió la demolición de una casona del barrio de Belgrano

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El caso se inició por una demanda de un grupo de vecinos de Belgrano R, quienes solicitaron que se obligara al Gobierno de la Ciudad y a la compañía constructora a generar un espacio de participación ciudadana que permita aclarar el destino de la parcela de la calle Washington y diseñar acciones tendientes a evitar daños en el patrimonio urbanístico de la zona.

Laura Brovedani, geógrafa, licenciada en Medio Ambiente y Urbanismo y presidente de la ONG Patrimonio de Belgrano, cuenta,“La propiedad data de 1939 y se le hizo una puesta en valor permanente. Perteneció a Esquenazi padre, después se la dejó a un hijo y éste fue licuando la propiedad. Terminó en un estudio de arquitectura, Feferbaum, Naszewski & Sigal. Querían construir un edificio de tres plantas, con dos o tres unidades por piso. Ya ha pasado que se exceden de la altura permitida y no respetan la fisonomía del barrio”.

Esta casona de 60 años que responde a los distintos estilos de construcción señorial que identifican al lugar: edificaciones de antiquísimos jardines, rodeando en este caso un terreno de 1400 metros cuadrados. Querían demolerla, pero un grupo de vecinos lo impidió. Ahora, la Justicia porteña confirmó y amplió una medida cautelar que impide tocarla.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario resolvió rechazar un recurso de apelación, modificar una medida cautelar concedida en primera instancia y ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la empresa constructora Washington 2066 S.A. a que “se abstengan de llevar adelante cualquier acción que implique afectar, modificar o demoler el edificio”.

Fabiana Schafrik y Carlos Balbín, son los jueces que integran la Sala, que además ordenaron que “en los trámites administrativos que se estén llevando a cabo (pedido de demolición, pedido de catalogación y cualquier otro que se inicie) se garantice en forma efectiva la participación de los accionantes, mediante el acceso a los expedientes, y la obligación de notificar a los actores las medidas, dictámenes, decisiones y cualquier otra actividad relevante”.

La decisión de Cámara fue tomada luego de que tanto el Gobierno porteño como la empresa Washington 2066 S.A apelaran una sentencia dictada por el titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo Roberto Andrés Gallardo, quien había ordenado de manera precautelar que se abstuvieran de innovar en relación al edificio.

Viviana de Bella, en una carta que le envió al grupo inversor que está detrás del emprendimiento dice, “La calle Washington con su estilo, su silencio y esta propiedad de tres lotes representa un pasado que no volverá a repetirse”. Agrega, “Sin mediar palabra ni opinión del vecindario, serán responsables de destruir el barrio movidos simplemente por la ambición e inversión en un terreno que tiene casas aledañas catalogadas como Patrimonio Histórico”.

En conjunto con la Justicia, el siguiente paso de los vecinos es lograr que declaren a la casona Patrimonio Histórico. Según la ley, los distritos urbanizaciones catalogados con “U” son zonas que, con la finalidad de establecer o preservar conjuntos o sectores urbanos de características diferenciales, son objeto de regulación integral en materia de uso, ocupación y subdivisión del suelo y plástica urbana.

En el caso de Belgrano R, está zonificado como “U28”, lo que significa, entre otros puntos, que: “El paisaje urbano del Distrito es derecho legítimo de los vecinos y de los ciudadanos en general. Ningún edificio podrá contrariar la armonía del paisaje, cualquiera sea la expresión arquitectónica que se adopte en las obras nuevas”.

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