Buenos Aires, 03/02/2025, edición Nº 3819
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Claves a tener en cuenta al momento de comprar juguetes seguros

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Con el comienzo del año nuevo los niños desean ansiosos la llegada de los Reyes Magos. Desde Defensa al Consumidor de la Ciudad dieron algunas claves a tener en cuenta al momento de realizar la elección de los regalos.

Lo primero es la seguridad: en este sentido, los mejores productos contienen los sellos de certificación de calidad. La sigla CE y CS indica que tanto el fabricante como el importador han verificado el cumplimiento de la normativa vigente respecto de la calidad de los materiales.

“Recomendamos leer siempre las indicaciones que figuran en la etiqueta sobre la edad sugerida para cada juego y las modalidades de uso”, Facundo Carrillo, secretario de Atención Ciudadana.

Otro aspecto central de la información que contienen los juguetes es que las instrucciones deben estar escritas en nuestro idioma. Éste no es un detalle menor, más aún cuando muchos utilizan energía eléctrica. En ese caso, hay que detenerse a leer las indicaciones de funcionamiento, si bien casi todos los dispositivos pueden enchufarse a la red doméstica, algunos podrían precisar adaptadores o de lo contrario podrían descomponerse.

Respecto de las condiciones comerciales, es imprescindible solicitar la factura de compra, ya que todos los productos tienen como mínimo, 6 meses de garantía legal, y el documento de compra es lo que nos permite reclamar frente a un desperfecto o falla. Por otra parte, los comercios deben exhibir los precios y respetar esos valores al momento del pago ya sea en efectivo o con tarjeta en un pago.

“Los vecinos que detecten una falta a sus derechos pueden solicitar una inspección al local infractor a través de la aplicación BA 147”, Vilma Bouza, Directora de Defensa al Consumidor de la Ciudad.

Los productos pueden cambiarse dentro de los 30 días posteriores a la compra, sin restricciones de días y horario. El valor abonado por el consumidor debe respetarse en caso de que se eligiera realizar un cambio. Si existiera una diferencia a favor del consumidor, el comercio deberá emitir una nota de crédito que que podrá utilizarse dentro de los 90 días de emitida. NR

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